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POSIBLE APELACIÓN |
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El colegio público Macías Picavea, en Valladolid, se ve obligado a retirar los crucifijos de los espacios comunes del centro. |
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El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Valladolid ha ordenado
la retirada de símbolos religiosos de las aulas y espacios comunes del
colegio público Macias Picavea en la primera sentencia en este
sentido que se dicta en el país.
En el fallo, el juez indicó que la
presencia de estos elementos religiosos vulnera Derechos Fundamentales recogidos
en los artículos 14 y 16.1 de la Constitución, los referentes a la igualdad y a
la libertad de conciencia.
Tal y como explicó el portavoz de la
Asociación Cultural Escuela Laica e impulsor del proceso judicial,
Fernando Pastor, se trata de una sentencia "importantísima", ya
que es la primera vez en España que un juez "entra en el fondo" del asunto dando
la razón "a la libertad de conciencia y a la higiene
democrática".
Además, el fallo del juez supone, a juicio del portavoz,
que se "desmonta" la postura mantenida por la Junta de Castilla y
León en relación a la presencia de símbolos religiosos, porque "se lavó
las manos" y no actuó como lo hicieron "la Junta de Andalucía y
la de Castilla la Mancha" en casos similares, lo que evitó
llegar hasta los juzgados
A pesar de ello, Fernando
Pastor, que es el padre de una niña del colegio Macías
Picavea, aseguró que piensa que el Gobierno regional puede "recurrir"
esta sentencia en un plazo de 15 días aunque insistió en que esta posibilidad
sería "una indecencia".
Si este recurso se lleva a cabo, apuntó, se
pediría al juzgado "la ejecución cautelar de la sentencia" para que la retirada
de crucifijos fuera efectiva hasta el próximo fallo, al tratarse de "vulneración
de Derechos Fundamentales".
"Han sido tres años y algunos meses de
particular calvario por las caras de los otros padres del colegio y la oposición
de la directora del centro, que no debería seguir ni un minuto más en su puesto
porque ha tomado el colegio como su cortijo particular y no es el único tema en
que lo ha hecho", recalcó.
La jurisprudencia del
TC
Por su parte, el presidente de la Asociación Escuela Laica,
Carlos Parrado, manifestó su "satisfacción" por la sentencia y
pidió la dimisión del consejero de Educación, Juan José Mateos.
"Es una persona que nos representa a todos y ha estado vulnerando Derechos
Fundamentales de unos ciudadanos, de unas familias que desde hace cuatro años
hicieron una petición a la Junta", explicó.
Por otro lado, la sentencia
cita la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional,
en la que se recuerda que "el Estado se prohíbe a sí mismo cualquier
concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o actitudes
de signo religioso", y se alude a "la laicidad y neutralidad del
Estado".
En esta línea, el fallo recogido indica que "el Estado no puede
adherirse ni prestar respaldo a ningún credo religioso, ya que no debe existir
confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales. Nadie puede
sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a
sus conciudadanos".
Asimismo, el juez considera que "si bien la
Constitución establece que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias
religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones con
la Iglesia Católica y las demás condiciones, no menciona para los centros
docentes públicos otro tipo de medidas o actuaciones", en referencia a la
presencia de símbolos religiosos.
Por el contrario, como refleja la
sentencia, en un centro público docente se imparte enseñanza a menores, estos se
encuentran "en plena fase de formación de su personalidad". Es por ello, que la
presencia de estos símbolos religiosos "puede provocar en esos menores el
sentimiento de que el Estado está más cercano a la confesión con la que guardan
relación".
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